Por Soraya Rodríguez Ramos

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Iniciada la revisión de la Directiva de derechos de las víctimas de delitos en el Parlamento Europeo

Soraya Rodriguez Ramos. Informe sobre Directiva de Derechos de las Víctimas

Actualización disponible: descarga el informe aprobado y el análisis de los principales avances de esta resolución (enlace) (mayo de 2024).


La eurodiputada Soraya Rodríguez Ramos, como ponente del expediente de la Comisión de Derechos de la Mujer e Igualdad de Género (FEMM), ha presentado el borrador de informe relativo a la modificación de la Directiva 2012/29/UE por la que se establecen normas mínimas sobre los derechos, el apoyo y la protección de las víctimas de delitos, conocida como la Directiva de Derechos de las Víctimas. La presentación se ha realizado en la Comisión conjunta LIBE-FEMM, junto al ponente por parte de la Comisión de Libertades Civiles, el también español, Javier Zarzalejos. 

Cada año, alrededor de 75 millones de ciudadanos son víctimas de delitos graves en la Unión Europea, pero la mayoría de los delitos nunca se denuncian, como señala la encuesta de la Agencia de Derechos Fundamentales de 2021. Según este documento, el 64% de las personas que sufrieron un incidente violento en la UE no lo denunciaron a la policía. La Directiva de los Derechos de las Víctimas, adoptada en 2012, fue un paso extremadamente importante para establecer estándares comunes para salvaguardar los derechos de las víctimas y brindarles apoyo y protección a nivel de la Unión Europea. En este artículo, analizamos los avances y desafíos de la futura Directiva de Derechos de las Víctimas de la UE.

La actual Directiva de Violencia de las Víctimas es aplicable en todos los Estados miembros desde 2015, excepto Dinamarca, país no vinculado por la Directiva. Además, la UE tiene normas específicas para las víctimas de determinados delitos, como, por ejemplo, las de trata de seres humanos, niños víctimas de explotación sexual y pornografía infantil y víctimas de terrorismo. 

Problemas en la aplicación de la Directiva 2012/29/UE

En 2020, la Comisión Europea, adoptó la primera Estrategia de la UE sobre los derechos de las víctimas para el período 2020-2025. En 2022, la Comisión Europea encargó la evaluación sobre la aplicación de la Directiva 2012/29/UE y confirmó que, en términos generales, la ley había surtido los efectos previstos. A su vez, también detectó posibles áreas concretas a mejorar.

El 12 de julio de 2023, la Comisión propuso modificaciones de la Directiva sobre los derechos de las víctimas para abordar cinco problemas detectados en la evaluación: 

  1. Las víctimas no siempre reciben información sobre sus derechos o reciben información inadecuada.
  2. Las víctimas vulnerables no siempre se benefician de la evaluación de sus necesidades o de las medidas de protección.
  3. La víctima vulnerable a menudo no recibe un apoyo especial.
  4. La participación de la víctima en los procesos penales es difícil debido a la falta de asesoramiento y/o orientación jurídica.
  5. El acceso de las víctimas a la indemnización en casos nacionales y transfronterizos se dificulta debido a la falta de apoyo estatal.

La consecuencia principal de estos problemas en la aplicación de la actual directiva es un aumento de la desconfianza en los sistemas judiciales de otros Estados miembros, lo que puede obstaculizar el reconocimiento mutuo de sentencias y decisiones en materia penal. Ello a su vez replica en un mayor escepticismo hacia los sistemas nacionales de justicia, lo que puede dar como resultado una subregistro sistemático de delitos. Por otro lado, existen carencias en el reconocimiento legal de las víctimas y un trato insuficientemente digno, personalizado, profesional y no discriminatorio en todo el territorio de la Unión. En definitiva, generan desconfianza en el sistema penal. 

El borrador del informe de la Modificación de la Directiva, presentado por los eurodiputados Soraya Rodríguez y Javier Zarzalejos, ahonda en las lagunas en la legislación actual y la transposición de esta directiva en los Estados Miembros. En la última década, ha habido avances sociales y tecnológicos muy importantes, especialmente en el ámbito digital. Las disposiciones actuales de la directiva no tienen en cuenta nuevos crímenes, como los ciberdelitos, que, a menudo, son más difíciles de identificar y tipificar, ni valoran el papel de los medios de comunicación en la prestación de apoyo, protección y acceso a la justicia. 
Del mismo modo, la actual directiva, por ejemplo, carece de medidas que aborden específicamente el reconocimiento y el acceso a la justicia de las víctimas de delitos colectivos, ni combate adecuadamente el mayor riesgo de revictimización y los delitos cometidos a través de nuevas tecnologías. Se necesita realmente un cambio de paradigma y una renovación estructural en la manera de proteger y apoyar a las víctimas. Por todo ello, la revisión de esta Directiva es de gran importancia. Tenemos una oportunidad única para fortalecer los derechos de las víctimas y garantizar su acceso a los mismos.

Protección contra el ciberacoso

El acuerdo final también aborda el ciberacoso y el ciberacecho, también  una forma específica llamada ciberflashing. Esta práctica consiste en enviar imágenes no solicitadas de genitales a través de las tecnologías de la información y la comunicación con el objetivo de causar daño psicológico. Al cubrir el ciberacoso en el artículo sobre acoso cibernético, la directiva busca abordar esta forma de violencia de género digital que afecta especialmente a las mujeres.

Esta directiva va a ser la primera legislación a nivel de la UE que aborde las formas online de violencia de género, ya que el Convenio de Estambul no aborda este ámbito cada vez más común de la violencia contra las mujeres y niñas. 

Objetivos y prioridades de la futura Directiva de Derechos de las Víctimas

El objetivo general de esta revisión es garantizar una mayor eficacia y reconocimiento de las sentencias y resoluciones judiciales en materia penal, aumentar el nivel de seguridad debido a la mejora de la denuncia de delitos y fomentar una justicia centrada en las víctimas, donde estas sean reconocidas y puedan ejercer sus derechos. 

Además, existen objetivos específicos como mejorar significativamente el acceso de las víctimas a la información; mejorar la adaptación de las medidas de protección y seguridad de las víctimas más vulnerables; y hacer más efectiva la participación de las víctimas en los procesos penales y la indemnización por parte del delincuente, incluyendo los casos nacionales y transfronterizos. 

Muchas víctimas que se encuentran en situación irregular no denuncian por miedo a ser tratados como delincuentes. La criminalización de la migración irregular conduce a una pérdida de prioridad de los derechos en favor del control migratorio y la seguridad nacional. También hace que las personas en situación irregular sufran más impunemente malos tratos y explotación y limita profundamente sus opciones de apoyo y reparación. La futura directiva asegurará que todas las víctimas, independientemente de su estatus de residencia, serán tratadas de forma igualitaria en cualquier país de la Unión Europea. 

En varios informes de la Comisión Europea se pone de manifiesto que algunas víctimas necesitan más apoyo del que se otorga actualmente. Por ejemplo, este es el caso de las que sufren una revictimización o victimización secundaria, ya sea por el sistema penal o por la policía que debería protegerles. Las limitaciones legales y prácticas en la recopilación de datos agregados sobre las víctimas en Europa hacen que sea muy difícil evaluar hasta qué punto se produce discriminación interseccional. Por ello, hemos ampliado el concepto de personas en detención para cubrir también personas que residen en otros entornos cerrados, tales como instituciones residenciales, orfanatos, centros de salud mental y centros sociales o asistenciales. Es importante que las víctimas que sufren delitos en estos entornos puedan denunciar de manera eficaz. Este cambio también cubriría casos de menores no acompañados, que normalmente tienen menos probabilidades de recibir una evaluación individual de sus necesidades de apoyo y protección.

Entre las prioridades de la ponente Soraya Rodríguez Ramos cabe destacar:

  • Formar y capacitar a los funcionarios que puedan entrar en contacto con las víctimas. La evaluación de la actual directiva señaló que esta era justamente una de las dimensiones a mejorar: se identificaron deficiencias a nivel del tipo, contenido y nivel de capacitación. Su formación debe ser eficaz, avanzada e interdisciplinar.
  • Reforzar la protección física de las víctimas en el artículo 23, incluyendo la remisión a refugios y otros tipos de alojamientos provisionales, que son particularmente relevantes para las víctimas de género o trata, a parte de la mención a las órdenes de prohibición, alejamiento o protección. 
  • Reforzar la referencia a las formas online de algunas violencias, como la violencia de género o el abuso sexual de niños, ya que esta es una realidad cada vez más presente en comparación con 2012, año de la directiva original. En la Unión Europea entre el 4 y el 7 % de las mujeres mayores de 18 años han sufrido acoso cibernético y solo el año pasado se registraron más de 32 millones de denuncias de sospechas de abuso sexual infantil en línea, lo que supone un máximo histórico. 
  • Separar la evaluación individual de las víctimas a fin de determinar, por un lado, sus necesidades de protección y, por otro, sus necesidades de apoyo. Es una manera de dotar de igual importancia a ambos procesos y diferenciarlos, un enfoque que también se utilizó en la Directiva de Violencia contra las mujeres.
  • Pedir a los Estados Miembros que adopten las medidas necesarias para establecer un sistema de recopilación, elaboración y difusión de estadísticas sobre las víctimas de delitos, para que cada Estados miembro envíe esos datos a la Comisión (Eurostat) cada tres años. La coordinación debe ser total y debe haber un calendario común en la comunicación para asegurar la comparabilidad de dichos datos. Además, se añaden algunos datos referentes a la discapacidad y la relación entre la víctima y el infractor que ofrecerá una mejor visión de conjunto de la realidad de las víctimas en la Unión Europea
  • Reforzar y reconocer el importante trabajo que hacen las organizaciones no-gubernamentales y asociaciones de apoyo y atención a las víctimas y fortalecer el rol de la Coordinadora para los derechos de las víctimas.

La Directiva de Derechos de las Víctimas desde la perspectiva de la Comisión de derechos de la mujer (FEMM)

La legislación sectorial, como la propuesta de la Directiva de la UE para combatir la violencia contra la mujer y la violencia doméstica o la Directiva contra la trata de personas, no son sólo legislaciones necesarias, sino totalmente complementarias a la Directiva de Víctimas. La Directiva establece estándares mínimos universales de protección para todas las víctimas, a la vez que reconoce las necesidades específicas para las víctimas de violencia contra las mujeres y violencia doméstica, asumiendo la complejidad de abordar plenamente las necesidades específicas de estas víctimas. 

La conexión de la Directiva de Derechos de las Víctimas con la Directiva de Violencia de Género es muy estrecha. Por ello, la Comisión de Derechos de la Mujer (FEMM) está trabajando junto a LIBE en este informe. Algunos temas que trataremos en esta revisión pero que ya han sido el foco de debate en las negociaciones de trílogos de la Directiva de Violencia de Género son la asistencia jurídica gratuita, la formación y capacitación de las personas que están en contacto con las víctimas, las indemnizaciones económicas y la inclusión de apoyo médico y el blindaje del derecho a la salud sexual y reproductiva.

Calendario de aprobación del informe

Actualmente, el Parlamento Europeo se encuentra en la primera fase de elaboración del informe. Tras la presentación del borrador realizado conjuntamente por los Comités LIBE y FEMM, se abrió un plazo de presentación de enmiendas. El expediente se encuentra ahora en negociaciones a nivel técnico entre todos los grupos políticos, para buscar así un amplio consenso sobre la nueva directiva. Se espera que la posición del Parlamento Europeo se vote en marzo.

Galería audiovisual

Soraya Rodríguez (FEMM) presenta el borrador del informe de revisión de la Directiva sobre los derechos de las víctimas junto a Javier Zarzalejos (LIBE).

Soraya Rodríguez Ramos

Mujeres al frente es un espacio de reflexión dirigido por la política y abogada española Soraya Rodríguez Ramos. Desde 2019, es diputada del Parlamento Europeo en la delegación del partido Ciudadanos. Desde su escaño de eurodiputada, desarrolla un intenso trabajo como portavoz en Igualdad de Género y Derechos de la Mujer del grupo Renew Europe, así como miembro del Comité de Derechos Humanos y de la Comisión de Medio Ambiente por su compromiso con el cuidado del planeta y la justicia climática.